Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Las indemnizaciones por seguros de vida, ¿son consideradas como ganancia ocasional para el beneficiario de la misma?
Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Las indemnizaciones por seguros de vida, ¿son consideradas como ganancia ocasional para el beneficiario de la misma?
Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que, hasta 2018 y de acuerdo con la versión anterior del artículo 223 del Estatuto Tributario, las indemnizaciones por seguros de vida eran consideradas rentas exentas del impuesto de renta y ganancias ocasionales. Tras la entrada en vigor de la Ley 1943 de 2018, dichas disposiciones fueron derogadas por el artículo 122.
Sin embargo, a través del artículo 28 se añadió al ET el artículo 303-1 sobre la ganancia ocasional derivada de las indemnizaciones por concepto de seguros de vida. Este artículo plantea que, a partir del año gravable 2019, las indemnizaciones por seguros de vida estarán gravadas con la tarifa aplicable a las ganancias ocasionales, en el monto que supere doce mil quinientas (12.500) UVT.