El sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– es un requerimiento de obligatoria implementación en todas las organizaciones, dado que por medio de este se busca prevenir lesiones o accidentes de trabajo en los colaboradores.
El sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– es un requerimiento de obligatoria implementación en todas las organizaciones, dado que por medio de este se busca prevenir lesiones o accidentes de trabajo en los colaboradores.
Recientemente, el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019, estableció los estándares mínimos que debe cumplir el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, derogando las disposiciones establecidas en la anterior Resolución 1111 de marzo de 2017.
Según esta nueva resolución, entre enero y octubre de 2019 se llevará a cabo el proceso de seguimiento y plan de mejora. Posteriormente, desde noviembre en adelante se realizarán los procesos de inspección, vigilancia y control a cargo del Ministerio de Trabajo, que evaluará el cumplimiento de la normatividad que rige estos estándares mínimos por todos los obligados a implementarlos. A partir de 2020 todos los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo se ejecutarán de enero a diciembre, o en cualquier fracción del año si la empresa o entidad es creada durante el respectivo año.