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Diferencias entre dotación y elementos de protección personal

Muchas veces se tiende a confundir la dotación con los elementos de protección personal. Es de gran importancia, tanto para empleadores como para trabadores, conocer las diferencias entre dichos ítems, para efectos de determinar los elementos que los constituyen, sus tiempos de entrega, entre otros.

Fecha de publicación: 20 de mayo de 2019
Diferencias entre dotación y elementos de protección personal
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Muchas veces se tiende a confundir la dotación con los elementos de protección personal. Es de gran importancia, tanto para empleadores como para trabadores, conocer las diferencias entre dichos ítems, para efectos de determinar los elementos que los constituyen, sus tiempos de entrega, entre otros.

En el siguiente caso de estudio se entrarán a determinar las principales diferencias entre la dotación y los elementos de protección personal. Para este fin se tomará como referencia lo dispuesto por el  Ministerio del Trabajo mediante el Concepto 08SE2019120300000009386 de 2019, y la guía Programa de elementos de protección personal, uso y mantenimiento del Ministerio de Salud y Protección Social.

A grandes rasgos, dichas diferencias radican en:

Ítem

Dotación

Elementos de protección personal

Definición Comprende prendas de vestir que contribuyen a la uniformidad o reconocimiento de los empleados, y que a su vez se requieren para el desempeño de determinadas funciones por parte de estos. Comprenden cualquier equipo o dispositivo utilizado por el trabajador para protegerse de diversos riegos, aumentando así su seguridad y salud en el trabajo.
Ley Se encuentra regulada mediante los artículos:

Se encuentran regulados a través de los artículos:

  • 122 a 124 de la Ley 9 de 1979.
  • 176 a 201 de la Resolución de 1979.
Elementos
  • Un vestido de labor (overol, traje de oficina, etc.).
  • Un par de zapatos.
  • Cascos.
  • Protectores auditivos anatómicos.
  • Protectores auditivos tipo copa.
  • Gafas de seguridad.
  • Respirador con protección para material particulado.
  • Respirador con filtros para vapores orgánicos.
  • Botas con puntera de acero.
  • Protección de manos y brazos.
  • Eslinga y arnés de seguridad.
Entrega El Código Sustantivo del Trabajo establece tres fechas específicas para su entrega:

  • 30 de abril.
  • 31 de agosto.
  • 20 de diciembre.
Se deben entregar cuando lo requiera el trabajador. No se especifica un término, dada la importancia que tienen estos elementos para la protección de los trabajadores.
Costos Sugieren menos costos para el empleador. Comprenden mayores gastos para el empleador, al ser elementos específicos y de mayor complejidad.

 

Es preciso anotar que un trabajador puede recibir, de forma simultánea, tanto la dotación como los elementos de protección personal. Por ejemplo, en el caso de un trabajador de una construcción al cual se le suministra un overol, un casco y unas botas con punta de acero:

  • Overol = dotación.
  • Casco y botas con punta de acero = elementos de protección personal.

Lo esbozado en el cuadro anterior comprende tan solo algunas de las diferencias de dichos elementos. Para profundizar sobre el tema en cuestión, lo invitamos a consultar los documentos enlazados al inicio del editorial.

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