La Superintendencia de Sociedades explica a través de una guía práctica, a disposición de los usuarios, principios para tener en cuenta al preparar y presentar los estados financieros combinados y la información que estos deben revelar, así como los sujetos obligados y las condiciones por cumplir.
La Superintendencia de Sociedades explica a través de una guía práctica, a disposición de los usuarios, principios para tener en cuenta al preparar y presentar los estados financieros combinados y la información que estos deben revelar, así como los sujetos obligados y las condiciones por cumplir.
La Supersociedades, en su Guía práctica de aplicación del método de la participación y preparación de estados financieros consolidados y combinados, tiene un aparte dedicado a explicar lo concerniente a los estados financieros combinados, acompañado de ejemplos.
En cuanto a la normatividad de este tema, el artículo 35 de la Ley 222 de 1995 establece que la matriz o controlante debe preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados con sus subordinadas o dominados, como si fuesen los de un solo ente.
Por otra parte, la sección 9 – Estados Financieros Consolidados y Separados del Estándar para Pymes establece los principios para la preparación y presentación de estados financieros combinados y la información por revelar.
La subsidiaria nacional de mayor patrimonio deberá preparar y presentar los estados financieros combinados, siempre y cuando:
Para las matrices extranjeras que por intermedio de subordinadas constituidas en el exterior cuenten con negocios en Colombia a través de una pluralidad de sucursales, la combinación de estados financieros la realizará la entidad que posea el mayor patrimonio.
En caso que una entidad controladora domiciliada en el exterior contara con una sucursal en Colombia, así como otras entidades subsidiarias, será la sucursal la responsable de preparar y presentar los estados financieros combinados del grupo económico en el país, aunque cualquiera de las subsidiarias tenga un patrimonio superior al de la sucursal.
La guía de la Supersociedades presenta una serie de ejemplos para ilustrar quién debe presentar los estados financieros según la descripción anterior. A continuación, dos casos:
1) La entidad XY domiciliada en el exterior posee dos subsidiarias en Colombia: la entidad X con una participación del 70 %, y la entidad Y con una participación del 90 %. La entidad Y tiene a su vez una inversión del 35 % en la compañía Z. La compañía Y es la subsidiaria con mayor patrimonio.
La entidad XY, al encontrarse domiciliada en el exterior, no está obligada a remitir estados financieros consolidados a la Supersociedades, procediendo la preparación y presentación de los estados financieros combinados por parte de la compañía Y al ser la subsidiaria con el mayor patrimonio.
2) La entidad XY domiciliada en el exterior también posee dos subsidiarias fuera del territorio nacional: X e Y; en ambas tiene el 100 % de participación. A su vez, X e Y tienen, cada una, sucursales en Colombia: X1 e Y1, siendo Y1 la sucursal con mayor patrimonio.
Respecto de los sujetos obligados a preparar y presentar estados financieros combinados, en este caso, donde existen varias matrices extranjeras, cada una con sucursales en Colombia, la combinación de estados financieros de las dos sucursales la realizará la sucursal Y1 que es la de mayor patrimonio en Colombia.