Mediante la presente sentencia la Corte Suprema de Justicia reitera que las administradoras de pensiones deben agotar diligente y oportunamente las gestiones de cobro ante los empleadores. Añade que, de lo contrario, serían las responsables por el pago de la prestación a que haya lugar.
Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL1355
Abril 03 de 2019
Mediante la presente sentencia la Corte Suprema de Justicia reitera que las administradoras de pensiones deben agotar diligente y oportunamente las gestiones de cobro ante los empleadores. Añade que, de lo contrario, serían las responsables por el pago de la prestación a que haya lugar.