Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
¿Es válido establecer período de prueba en un contrato por prestación de servicios con plazo de un año?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
¿Es válido establecer período de prueba en un contrato por prestación de servicios con plazo de un año?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que el período de prueba tiene como propósito comprobar si el trabajador seleccionado cumple con las actitudes exigidas para el cargo que va a desempeñar. En efecto, el Código Sustantivo del Trabajo, mediante su artículo 76, ha definido al período de prueba como la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de este último, evaluar la conveniencia de las condiciones del trabajo.
Frente al caso en cuestión, Jaimes Lúquez sostiene que en los contratos por prestación de servicios no existe el período de prueba, por tratarse de un contrato de carácter civil y no laboral.