El concepto “control bajo Estándares Internacionales” se ha ampliado respecto al marco normativo anterior, al igual que el espectro de entidades que deben aplicar el método de la participación para medir sus inversiones. Conozca los principales aspectos de este proceso.
El concepto “control bajo Estándares Internacionales” se ha ampliado respecto al marco normativo anterior, al igual que el espectro de entidades que deben aplicar el método de la participación para medir sus inversiones. Conozca los principales aspectos de este proceso.
La Supersociedades preparó una Guía practica de aplicación del método de la participación y preparación de estados financieros consolidados y combinados, con el fin de facilitar los lineamientos técnico-contables que deben observar las entidades que realicen estos procesos. Este tema es de suma importancia en la actualidad, debido a que los Estándares Internacionales han ampliado el tema del control, por lo cual las figuras a las que antes estábamos acostumbrados se han ampliado. Ya no solo se habla de subsidiarias y asociadas, sino que se incluyen conceptos como operaciones y negocios conjuntos, patrimonios autónomos, entre otros.
En este editorial iniciamos abordando el estudio de esta guía, tratando el tema del método de la participación.
El método de la participación es definido por la Supersociedades así:
“Aquel en virtud del cual la inversión se registra inicialmente al costo y se ajusta, posteriormente, en el porcentaje de participación del inversionista en los activos netos de la participada, por los cambios que se presenten luego de su adquisición”.
La finalidad del método de la participación es presentar en el resultado y en el otro resultado integral de la entidad que tiene el control (el inversionista) su participación en el resultado y en el otro resultado integral de la participada.
Para entender esta definición es necesario conocer los siguientes conceptos:
Los cambios que se observan respecto al MPP que se aplicaba con principios locales (Decreto 2649 de 1993) son dos, el concepto de activos netos y la participación en el otro resultado integral:
Cuando una entidad tiene algún tipo de influencia en otra, es posible que se este ante alguno de los tres tipos de figuras que se exponen a continuación:
Existen tres métodos para medir la participación en controladas: el método de la participación, el modelo del costo y el valor razonable. Es necesario aclarar que, aunque el marco normativo vigente permite varias opciones de medición, la que seleccione la entidad debe ser aquella que cumpla con los objetivos de los estados financieros, y que permita obtener información útil para la toma de decisiones.
La decisión para aplicar el MPP depende del grupo de aplicación del DUR 2420 de 2015 al que pertenece la entidad, así como del tipo de inversiones que posee (subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos), a saber:
Las entidades que tengan inversiones en subsidiarias siempre deben aplicar el método de la participación cuando presenten sus estados financieros separados. Esto aplica para entidades del grupo 1 y el grupo 2. El artículo 35 de la Ley 222 de 1995 señala que “las inversiones en subordinadas deben contabilizarse en los libros de la matriz o controlante por el método de participación patrimonial”. Por tanto, este tipo de inversiones no puede medirse en ningún caso por el valor razonable o por el costo.
Cuando se tienen inversiones en asociadas o negocios conjuntos, las entidades que pertenezcan al grupo 1:
Las entidades del grupo 2 pueden elegir las tres opciones, tanto en sus estados financieros principales como separados.
El MPP debe aplicarse cuando la entidad: