Mediante la presente doctrina, el Mintrabajo manifiesta que considera que los contratos por medios electrónicos pueden tener firma electrónica o digital, y que serán empleador y trabajador quienes determinarán el mecanismo técnico que utilizarán para realizar comunicaciones con firma electrónica, mecanismo que debe permitir identificar y vincular a una persona con la creación de un mensaje de datos, un acto o un contrato, y que debe contar con su aprobación.
Ministerio del Trabajo
Concepto 23705
Junio 19 de 2019
Mediante la presente doctrina, el Mintrabajo manifiesta que considera que los contratos por medios electrónicos pueden tener firma electrónica o digital, y que serán empleador y trabajador quienes determinarán el mecanismo técnico que utilizarán para realizar comunicaciones con firma electrónica, mecanismo que debe permitir identificar y vincular a una persona con la creación de un mensaje de datos, un acto o un contrato, y que debe contar con su aprobación.