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Concepto 14318 de 05-06-2019

Mediante la presente doctrina, la Dian precisa que para las operaciones anuladas, rescindidas o resueltas en el respectivo período, siempre que sean parciales, la deducción del IVA se calculará considerando la proporción del valor de la operación que resulte pertinente. Cabe resaltar que las deducciones del IVA deben estar respaldadas en la contabilidad y tener como base las operaciones del bimestre.

Fecha de publicación: 5 de junio de 2019
Concepto 14318 de 05-06-2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 14318
Junio 05 de 2019

Mediante la presente doctrina, la Dian precisa que para las operaciones anuladas, rescindidas o resueltas en el respectivo período, siempre que sean parciales, la deducción del IVA se calculará considerando la proporción del valor de la operación que resulte pertinente. Cabe resaltar que las deducciones del IVA deben estar respaldadas en la contabilidad y tener como base las operaciones del bimestre.

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