Mensualmente, todas las empresas que cuentan con trabajadores vinculados mediante contrato laboral deben realizar un aporte a parafiscales, equivalente al 9 % de la base de liquidación de la nómina de salarios, distribuido así: 4 % para las cajas de compensación familiar, 3 % para el ICBF y 2 % para el Sena.
Mensualmente, todas las empresas que cuentan con trabajadores vinculados mediante contrato laboral deben realizar un aporte a parafiscales, equivalente al 9 % de la base de liquidación de la nómina de salarios, distribuido así: 4 % para las cajas de compensación familiar, 3 % para el ICBF y 2 % para el Sena.
Los subsidios de las cajas de compensación no son considerados ningún tipo de salario extra, más bien son beneficios pagados en dinero, especie o servicios. La Ley 21 de 1982 regula tales beneficios, contemplando temas como el subsidio familiar o el subsidio en especie, que incluye vestuario, alimentación, becas de estudio o textos escolares.
Uno de los tipos de subsidio ofrecidos corresponde al “familiar monetario”, el cual es una prestación pagada en dinero a la que tienen derecho los trabajadores de medianos y pequeños ingresos. El monto del subsidio varía según el número de beneficiarios que tenga el trabajador afiliado a la caja de compensación.
TABLA DE CONTENIDO
TRABAJADORES BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR
Aspectos generales sobre la afiliación al régimen del subsidio familiar
Caja de compensación para trabajadores(as) del servicio doméstico
Pensionados afiliados a cajas de compensación familiar
Empleador que incumple con la afiliación y pago de la caja de compensación familiar del trabajador a su cargo
Subsidio familiar puede ser cobrado por ambos padres
Reporte de subsidios familiares en la declaración de renta
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