La reliquidación de la pensión es un derecho irrenunciable de todo beneficiario. Consiste en el reajuste del monto asignado como pensión, en caso de que se haya hecho un mal cálculo u omitido algún factor prestacional. Conozca las pautas que debe tener en cuenta para hacer la reclamación.
La reliquidación de la pensión es un derecho irrenunciable de todo beneficiario. Consiste en el reajuste del monto asignado como pensión, en caso de que se haya hecho un mal cálculo u omitido algún factor prestacional. Conozca las pautas que debe tener en cuenta para hacer la reclamación.
Cabe recordar que, desde el momento en que una entidad pública o privada reconoce el pago de una pensión, nace para el beneficiario inconforme la posibilidad de presentar una reclamación, con el objetivo de que se evalúen los fundamentos que dieron origen al reconocimiento y así determinar si existe o no un error en la liquidación de la prestación (consulte nuestra herramienta Derecho de petición para la reliquidación de pensión).
La liquidación de la pensión depende del régimen en el cual el trabajador haya realizado sus aportes. Así, en el régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones, se debe considerar el ingreso base de liquidación –IBL–, correspondiente a los salarios o rentas sobre las cuales ha cotizado el afiliado durante los diez años anteriores al reconocimiento de la pensión, montos actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor –IPC– reportado por el Dane.
En el régimen de ahorro individual con solidaridad el valor de la pensión por devengar durante la etapa de retiro será determinado y financiado teniendo en cuenta los aportes realizados a la cuenta de ahorro individual y sus rendimientos.
Por lo anterior, y en lo que concierne al tema en concreto, se procederá a continuación a enunciar pautas útiles para que realice la reclamación de la reliquidación de su mesada pensional.
Para proceder a realizar la reclamación de la reliquidación de su pensión ante un fondo de pensiones debe:
En caso de que la respuesta a la solicitud ante el fondo de pensiones privado o Colpensiones sea negativa y continúen las inconformidades frente al monto percibido, la persona puede acudir a instancias judiciales, esto mediante la presentación de una demanda para que el conflicto sea resuelto de forma definitiva por un juez laboral y se decida si el solicitante tiene derecho o no al reconocimiento del monto que solicita.