El régimen simple es un modelo de tributación opcional, de causación anual y pago bimestral, al cual podrán inscribirse las personas naturales y jurídicas, siempre y cuando cumplan la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 905 de la Ley de 1943 de 2018. Conoce los detalles a continuación.
El régimen simple es un modelo de tributación opcional, de causación anual y pago bimestral, al cual podrán inscribirse las personas naturales y jurídicas, siempre y cuando cumplan la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 905 de la Ley de 1943 de 2018. Conoce los detalles a continuación.
Teniendo en cuenta el artículo 905 del Estatuto Tributario –ET–, los sujetos pasivos del régimen simple de tributación serán las personas naturales y jurídicas que cumplan las condiciones allí establecidas. Algunas de ellas son:
Por su parte, es importante tener en cuenta que el hecho generador del impuesto unificado bajo la figura del régimen simple consiste en la obtención de ingresos susceptibles de producir un incremento en el patrimonio del contribuyente. De allí que la base gravable corresponda a los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios percibidos durante el período gravable, sin tener en cuenta los ingresos que se obtengan por concepto de ganancias ocasionales, ni los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
Todos estos importantes detalles sobre las generalidades del régimen simple de tributación serán abordados en esta sesión de actualización por el Dr. Alexander Cobo Barrera.
Objetivos
Temario
(en este punto podrá encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la sesión de actualización)