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Resolución 50576 de 27-09-2019

El artículo 125 del Decreto 2150 de 1995 establece que el Gobierno nacional determinará una sola tasa para cada tipo de solicitud relacionada con los procedimientos de propiedad industrial, independientemente de si la decisión que adopte la administración resulta favorable o no para las pretensiones del solicitante.
El MinCIT emite, entonces, la Resolución 50576 de 2019, en la cual fija las tasas de tramitación de los procedimientos relacionados con la propiedad industrial y detalla las tasas de propiedad industrial atadas a solicitudes nacionales e internacionales, en compañía de las tasas de signos distintivos. En la resolución también se aclara que el valor de las tasas deberá ser cancelado previo a la radicación de la respectiva solicitud. La norma en cuestión rige a partir del 1° de enero de 2020.

Resolución 50576 de 27-09-2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo 
Resolución 50576
Septiembre 27 de 2019

Mediante la Resolución 50576 de 2019, el MinCIT fija las tasas de tramitación de los procedimientos relacionados con la propiedad industrial

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