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Resolución 1145 de 30-08-2019

La Superintendencia Financiera de Colombia expidió el 30 de agosto de 2019 la Resolución 1145, por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para el siguiente período, comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2019, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Con la presente resolución se certifica el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19,32 % sin presentar variación con relación a la certificación del período anterior, y siendo la tasa de usura para el mismo de 28,98 %.
El interés remuneratorio y moratorio no podrá exceder en 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 28,98 % EA para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Para efectos tributarios, es importante tener presente que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de septiembre de 2019 es de 26,98 %.

Fecha de publicación: 30 de agosto de 2019
Resolución 1145 de 30-08-2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superintendencia Financiera
Resolución 1145
Agosto 30 de 2019

La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2019 en la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 19,32 % EA, siendo la tasa de usura para el mismo de 28,98 %.

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