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Concepto 39711 de 11-09-2019

Los rentistas de capital, de manera obligatoria, deberán cotizar a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, y de manera voluntaria al sistema de riesgos laborales. Cabe resaltar que la Ley 1955 de 2019 estableció que el IBC para el sistema de seguridad social por parte de los rentistas de capital es del 40 % del valor mensual de sus ingresos.

Fecha de publicación: 11 de septiembre de 2019
Concepto 39711 de 11-09-2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio del Trabajo
Concepto 39711

Septiembre 11 de 2019

Los rentistas de capital, de manera obligatoria, deberán cotizar a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, y de manera voluntaria al sistema de riesgos laborales. Cabe resaltar que la Ley 1955 de 2019 estableció que el IBC para el sistema de seguridad social por parte de los rentistas de capital es del 40 % del valor mensual de sus ingresos.

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