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Contrato verbal: ¿ya conoces sus condiciones?

Un contrato de trabajo verbal tiene la misma validez ante la ley y goza de las mismas garantías que un contrato escrito.

Demostrar su existencia en algunos casos puede ser una tarea compleja, pero no imposible.

Fecha de publicación: 31 de diciembre de 2019
Contrato verbal: ¿ya conoces sus condiciones?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Un contrato de trabajo verbal tiene la misma validez ante la ley y goza de las mismas garantías que un contrato escrito.

Demostrar su existencia en algunos casos puede ser una tarea compleja, pero no imposible. 

Un contrato verbal es aquel en el que no existe un documento escrito mediante el cual se establezcan las condiciones en las que se va a desenvolver la relación laboral convenida entre trabajador y empleador.

Cabe señalar que este tipo de contrato tiene la misma validez ante la ley y goza de las mismas garantías que un contrato escrito.

No puede dejar de tenerse en cuenta que los contratos verbales son, en estricto sentido, a término indefinido, como a su vez lo señala el artículo 47 del CST, norma en la que se establece que los contratos a término indefinido pueden constar o no por escrito, y que estos durarán mientras subsistan las razones que dieron origen al vínculo laboral; de lo contrario, solo ante la justificación de una causa que lo dé por terminado, se finalizará.

Para profundizar en este importante tema, te invitamos a ver nuestro consultorio Contrato verbal: ventajas y desventajas. Los consultorios son un espacio que Actualícese ha preparado especialmente para ti, en el que nuestros expertos responden las preguntas más frecuentes de nuestros usuarios relacionadas con temas laborales, tributarios, de estándares internacionales, entre otros.

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