El Ministerio del Trabajo reitera que cuando un empleador tuvo a su servicio un trabajador que falleció, el empleador debe realizar los avisos para comparencia de los interesados y entregar las sumas adeudadas a quienes tienen derecho a percibirlos, de acuerdo con el orden sucesoral.
Ministerio del Trabajo
Concepto 04263
Diciembre 15 de 2019
El Ministerio del Trabajo reitera que cuando un empleador tuvo a su servicio un trabajador que falleció, el empleador debe realizar los avisos para comparencia de los interesados y entregar las sumas adeudadas a quienes tienen derecho a percibirlos, de acuerdo con el orden sucesoral.