En el ámbito laboral, puede darse alguna de las siguientes situaciones referentes a los trabajadores: que adquieran la condición de prepensionados o el estatus de pensionados; que sean contratados siendo pensionados.
Conozca cómo proceder frente a la terminación del contrato en cada situación.
En el ámbito laboral, puede darse alguna de las siguientes situaciones referentes a los trabajadores: que adquieran la condición de prepensionados o el estatus de pensionados; que sean contratados siendo pensionados.
Conozca cómo proceder frente a la terminación del contrato en cada situación.
Existe una serie de pautas para tener en cuenta al momento de terminar una relación laboral con un trabajador próximo al reconocimiento de la pensión, o que esté pensionado.
Al respecto, podemos encontrar las siguientes situaciones:
A continuación, realizaremos una serie de precisiones respecto a la terminación laboral bajo cada una de las anteriores situaciones, y los eventos en los que puede proceder una indemnización.
Como fue informado a través de nuestro editorial Despido o terminación de contrato de trabajador prepensionado, un trabajador prepensionado goza de un fuero de estabilidad laboral, lo cual supone que no puede ser despedido hasta tanto adquiera su estatus de pensionado.
No obstante, existen formas de dar por terminada la relación laboral con estos trabajadores, sin que esto suponga una vulneración de disposiciones legales. Son las siguientes, a saber:
Como fue comunicado mediante nuestro editorial Indemnización por despido de trabajador pensionado: ¿procede o no procede?, la Corte Suprema de Justicia, por medio de la Sentencia SL3108 de 2019, determinó que, según lo establece el numeral 14 del literal a) del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, un trabajador que adquiere su estatus de pensionado mientras se encuentre al servicio del empleador puede ser despedido en cualquier momento sin que haya lugar a una indemnización, debido a que la ley faculta a este último para hacer uso de dicha causal cuando lo estime conveniente.
Respecto a lo anterior, conviene precisar que, antes de despedir al trabajador, el empleador debe verificar que este se encuentre incluido en la nómina de pensionados del fondo de pensiones.
En el siguiente video, la abogada consultora en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, aborda un interrogante sobre este tema:
Un trabajador contratado como pensionado no puede ser despedido en cualquier momento, a diferencia de aquel que adquiere el estatus de pensionado durante la relación laboral.
¿La causa? El mencionado numeral del artículo 62 del CST establece que el despido con justa causa procede por “el reconocimiento al trabajador de la pensión estando al servicio de la empresa”.
Por ende, el despido de este trabajador debe ajustarse a lo dispuesto para cualquier empleado; esto es, bajo una justa causa distinta a la mencionada, como la de incurrir en una falta prevista a través del contrato de trabajo, reglamento, etc., so pena del reconocimiento de una indemnización.