En la sentencia C-606 del 11 de diciembre de 2019 la Corte declaró exequible el artículo 128 del ET, modificado con la Ley 1819 de 2016.
Por tanto, el gasto por depreciación solo es permitido para quienes lleven contabilidad, ya sea de forma obligatoria u opcional.
En la sentencia C-606 del 11 de diciembre de 2019 la Corte declaró exequible el artículo 128 del ET, modificado con la Ley 1819 de 2016.
Por tanto, el gasto por depreciación solo es permitido para quienes lleven contabilidad, ya sea de forma obligatoria u opcional.