Con la Resolución 000022 de 2020, la Dian tomó la decisión de suspender los términos en los procesos y actuaciones administrativas, en materia tributaria, aduanera y cambiaria.
Con la Resolución 000022 de 2020, la Dian tomó la decisión de suspender los términos en los procesos y actuaciones administrativas, en materia tributaria, aduanera y cambiaria.
La Resolución 000022 del 18 de marzo de 2020 indica que la fecha establecida de la suspensión es entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020. Como consecuencia de lo anterior, durante este tiempo no se atenderá a los contribuyentes en las dependencias de las direcciones Seccionales de Impuestos, de Aduanas y de Impuestos y Aduanas, Delegadas y del Nivel Central.
En materia aduanera, la suspensión de términos incluye: plazos de autorizaciones o habilitaciones; respuesta a requerimientos ordinarios de información; plazos internos para hacer visitas; tránsitos, almacenamiento y transporte multimodal; plazos para reimportar las mercancías exportadas temporalmente; plazos para importar menajes, y plazos para presentar entregas urgentes.
Frente a la gestión interna, la medida incluye las solicitudes y denuncias por el Servicio Informático Electrónico de PQRS, así como los plazos para decidir las solicitudes especiales del RUT y las peticiones ingresadas a través del Servicio Informático Electrónico pendientes de gestionar.