La Supersociedades amplió los plazos para que las sociedades presenten sus estados financieros 2019, debido a la situación de contingencia que se vive en el país como consecuencia del COVID-19.
En este editorial relacionamos los nuevos vencimientos, así como la información y los obligados a reportar.
La Supersociedades amplió los plazos para que las sociedades presenten sus estados financieros 2019, debido a la situación de contingencia que se vive en el país como consecuencia del COVID-19.
En este editorial relacionamos los nuevos vencimientos, así como la información y los obligados a reportar.
La Superintendencia de Sociedades –Supersociedades– emitió el 17 de marzo de 2020 la Circular Externa 100-000003, por medio de la cual amplía los plazos para que las sociedades reporten sus estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019.
Según el comunicado publicado por la misma entidad, la medida tiene como objetivo hacer frente a la actual situación de contingencia en que se encuentra el país para prevenir, contener y controlar la propagación del coronavirus (COVID-19).
En este sentido, las sociedades ya no tendrán que empezar a reportar sus estados financieros el 30 de marzo de 2020, como se tenía previsto, sino que lo harán a partir del martes 14 de abril y hasta el martes 12 de mayo de 2020.
La Circular Externa 100-000003 de 2020 modifica el numeral 1.2 de la Circular Externa 201-000008 de 2019, por la cual la Supersociedades había establecido inicialmente los plazos y condiciones que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1, 2 y 3 deben seguir para presentar sus estados financieros básicos de 2019.
Los nuevos plazos para presentar los estados financieros de 2019 son los siguientes:
Últimos dos dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información, año 2020 | Últimos dos dígitos del NIT | Plazo máximo para el envío de información, año 2020 |
01-05 | Martes 14 de abril | 51-55 | Martes 28 de abril |
06-10 | Miércoles 15 de abril | 56-60 | Miércoles 29 de abril |
11-15 | Jueves 16 de abril | 61-65 | Jueves 30 de abril |
16-20 | Viernes 17 de abril | 66-70 | Lunes 4 de mayo |
21-25 | Lunes 20 de abril | 71-75 | Martes 5 de mayo |
26-30 | Martes 21 de abril | 76-80 | Miércoles 6 de mayo |
31-35 | Miércoles 22 de abril | 81-85 | Jueves 7 de mayo |
36-40 | Jueves 23 de abril | 86-90 | Viernes 8 de mayo |
41-45 | Viernes 24 de abril | 91-95 | Lunes 11 de mayo |
46-50 | Lunes 27 de abril | 96-00 | Martes 12 de mayo |
Consulte nuestro calendario tributario 2020.
En cuanto a los sujetos obligados y la información que debe presentar, la Supersociedades no efectúo ninguna modificación, por lo cual se debe seguir observando lo dispuesto en la Circular Externa 201-000008 de 2019.
El resumen de la información que se debe presentar se muestra en el siguiente cuadro:
Información | Sociedades vigiladas y/o controladas de los grupos 1, 2, o 3 de convergencia | Sociedades inspeccionadas de los grupos 1, 2, o 3 de convergencia y a las cuales se les solicite mediante correo urbano o electrónico la entrega de la información |
Archivos de extensión .XBRL con la información en miles de pesos y en forma comparativa por los años 2019 y 2018 del:
· Estado de situación financiera. · Estado de resultados. · Estado del resultado integral.
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Documentos adicionales en PDF (escaneados del original) de:
· Certificación de estados financieros firmado por representante legal, contador y revisor fiscal. · Notas a los estados financieros. · Informe de gestión de los administradores. · Dictamen del revisor fiscal. |
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Solo entregan la certificación de estados financieros y las notas a los estados financieros.
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