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Decreto Legislativo 565 del 15-04-2020

A través del Decreto Legislativo 565 de 2020, el Ministerio del Trabajo determinó que durante la vigencia fiscal de 2020, las contingencias derivadas de los desbalances financieros que se generen cuando el valor presente actuarial de la reserva matemática de las anualidades vitalicias, derivadas del mecanismo de los beneficios económicos periódicos –BEPS–, supere el valor del portafolio a precios de mercado, se pagarán con los recursos del presupuesto asignado al servicio social complementario de los BEPS, previo concepto favorable de la Comisión Intersectorial de Pensiones y Beneficios Económicos.

Fecha de publicación: 15 de abril de 2020
Decreto Legislativo 565 del 15-04-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio del Trabajo
Decreto Legislativo 565
abril 15 de 2020

Ministerio del Trabajo implementa una medida temporal con el fin de proteger los derechos de los beneficiarios del servicio social complementario, denominado beneficios económicos periódicos –BEPS–.

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