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Decreto Ley 507 del 01-04-2020

A través del Decreto Ley 507 de 2020, el Ministerio de Hacienda adoptó medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica generada por el COVID-19.

Lo anterior, en aras de evitar que se generen precios significativamente altos para productos de primera necesidad, en comparación con los precios que se ofrecían antes del surgimiento de la actual situación de emergencia.

Así pues, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, fijarán los listados de los productos de primera necesidad, en el marco de sus competencias sectoriales, y conforme a las necesidades del Estado de emergencia económica. Además, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística –Dane– realizará cada 5 días un seguimiento a los precios de los listados de productos de primera necesidad, así como los precios de los insumos requeridos para la elaboración de dichos productos, identificando así variaciones significativas y atípicas en los precios de los productos en función de su comportamiento histórico.

Decreto Ley 507 del 01-04-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Hacienda
Decreto Ley 507
abril 1 de 2020

Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ley 507 de 2020, por medio del cual se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica generada por el COVID-19.

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