Gobierno Nacional determinó que las ARL de carácter público destinarán un porcentaje de los recursos de las cotizaciones para apoyar dicha eventualidad. Mediante el Decreto 500 del 31 de marzo de 2020 , el Ministerio del Trabajo determinó que mientras continúe la emergencia por el COVID-19 en el país, las Administradoras de Riesgos Laborales de […]
Gobierno Nacional determinó que las ARL de carácter público destinarán un porcentaje de los recursos de las cotizaciones para apoyar dicha eventualidad.
Mediante el Decreto 500 del 31 de marzo de 2020 , el Ministerio del Trabajo determinó que mientras continúe la emergencia por el COVID-19 en el país, las Administradoras de Riesgos Laborales de carácter público destinarán un porcentaje de los recursos de las cotizaciones para apoyar dicha eventualidad.
El 5 % del total de la cotización se destinará para realizar actividades de promoción y prevención dirigidas a los trabajadores de las empresas afiliadas que, por cuyas actividades desempeñadas están directamente expuestos al contagio del virus, para la compra de elementos de protección personal, chequeos médicos frecuentes preventivos y diagnósticos. Dicha población incluye a trabajadores de la salud (asistenciales, administrativos y de apoyo), personal de aseo, vigilancia y alimentación, relacionados directamente con la prestación del servicio de salud. También se incluyen trabajadores de terminales de transporte aéreo, marítimo y terrestre, control fronterizo, cuerpo de bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja.
Por su parte, del 92% de las cotizaciones que reciban las ARL, por lo menos el 10 % de todas estas, deben ser destinadas a campañas de promoción, educación y prevención que garanticen que sus empresas afiliadas cumplan con el desarrollo del nivel básico del plan de trabajo anual en su programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Así mismo, un 1 % irá a favor del Fondo de Riesgos Laborales y otro 2 %, correspondería a actividades de emergencia e intervención y para la compra de elementos de protección personal, chequeos médicos frecuentes preventivos y diagnóstico dirigidos, como se mencionó anteriormente, a trabajadores de la salud (asistenciales, administrativos y de apoyo), personal de aseo, vigilancia y alimentación, relacionados directamente con la prestación del servicio de salud, así como el personal de terminales de transporte aéreo, marítimo y terrestre, control fronterizo, cuerpo de bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja.
Fuente: Ministerio del Trabajo.