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Decreto Ley 492 del 28-03-2020

A través del Decreto Ley 492 de 2020 el Gobierno nacional adoptó medidas que permitan optimizar el uso del capital de entidades financieras de propiedad estatal, transfiriendo recursos al Fondo Nacional de Garantías, para que respalde la emisión de nuevos créditos con el fin de mantener activas las relaciones crediticias y financiar a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas naturales, que han dejado de percibir ingresos por su condición de trabajadores independientes o por desempleo.

Así pues, la propiedad de todas las empresas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia o que desarrollen actividades conexas al servicio financiero, que hagan parte de la rama ejecutiva del orden nacional, y que estén registradas a nombre de ministerios, departamentos administrativos y demás entidades del orden nacional, quedarán registradas y vinculadas a nombre de la nación – Ministerio de Hacienda.

Una vez efectuado el registro, el¬ Ministerio de Hacienda podrá aportar como capital de la empresa Grupo Bicentenario S. A. S. la propiedad accionaria de todas las entidades financieras que hagan parte de la rama ejecutiva del orden nacional a su valor intrínseco.

Fecha de publicación: 28 de marzo de 2020
Decreto Ley 492 del 28-03-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de Hacienda
Decreto Ley 492

marzo 28 de 2020

Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ley 492 de 2020, a través de cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías y se dictan disposiciones en materia de recursos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.

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