Actualícese.com

Caso práctico: reporte de información exógena para presentar en 2020

Los lineamientos sobre los cuales deberá prepararse y presentarse el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019 se encuentran establecidos en la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, modificada recientemente por la Resolución 000008 de enero 31 de 2020.

Fecha de publicación: 22 de abril de 2020
Caso práctico: reporte de información exógena para presentar en 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

https://cdn.actualicese.com/conferencistas/Alexander-Cobo-circulo.pngLos lineamientos sobre los cuales deberá prepararse y presentarse el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019 se encuentran establecidos en la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, modificada recientemente por la Resolución 000008 de enero 31 de 2020.

Descripción:

A través de la Resolución 011004 de octubre de 2018, modificada recientemente por la Resolución 000008 de enero de 2020, la Dian definió quiénes serán los obligados a entregar el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019 así como también el tipo de información que deberán suministrar y los lineamientos que deben ser tenidos en cuenta para el diligenciamiento de los formatos.

Justificación:

La información exógena por el año gravable 2019 fue solicitada mediante la Resolución 011004 de octubre de 2018, con la cual se definió quiénes serían los obligados a cumplir con este requerimiento, así como las condiciones y pautas para el diligenciamiento de cada uno de los formatos que se deben reportar.

Teniendo en cuenta que la Resolución 011004 de octubre de 2018 se promulgó antes de la aprobación de la Ley 1943 de 2018, se hizo necesario que la Dian expidiera la Resolución 000008 de enero de 2020, con el fin de que el reporte de información exógena del año gravable 2019 contemplara los cambios introducidos a la tributación de este año de acuerdo con la Ley 1943 de 2018.

Adicionalmente, cabe señalar que, debido al estado de emergencia sanitaria a causa de la propagación del COVID-19, la Dian expidió la Resolución 000027 del 25 de marzo de 2020 para ampliar los plazos en que los contribuyentes deberán cumplir con esta obligación tributaria.

Pues bien, en comparación con los reportes que se exigieron para el año gravable 2018, las siguientes son algunas de las novedades más importantes que se detectan en la solicitud de reportes de información exógena para el año gravable 2019:

· En el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 011004 de octubre de 2018 se indica que esta vez la Dian no solicitará información por la fracción del año gravable 2019 a los reportantes que se liquidaron durante 2019 (sin importar en qué momento lo hicieron).

· En el artículo 3 de la Resolución 011004 de 2018 se agregó el parágrafo 8 para indicar que los saldos de las cuentas corrientes o de ahorro que reporten las entidades financieras a diciembre 31 de 2019 dentro del formato 1019 no deberán informarse de nuevo dentro del formato 1009, lo cual evitará que la Dian reciba información duplicada.

· En el artículo 40 de la Resolución 011004 de 2018 se dispuso por primera vez que todas las entidades no contribuyentes del impuesto de renta de los artículos 22 y 23 del ET deberán utilizar el nuevo formato 2575 v. 1 para reportar la totalidad de los valores recibidos por donaciones durante el año 2019.

· En el artículo 41 de la Resolución 011004 de 2018 se dispuso por primera vez que todos los productores de petróleo y gas, responsables del impuesto nacional al carbono –INCB– del artículo 221 de la Ley 1819 de 2016, deberán utilizar el nuevo formato 2574 v. 1 para reportar a todos aquellos clientes a los cuales se les vendió petróleo o gas sin cobrarles el respectivo INCB, pues eran clientes que alegaron ser generadores de carbono neutro.

Muchas otras novedades importantes serán abordadas en este caso exclusivo que Actualícese ha preparado especialmente para ti.

Objetivos:

· Señalar los lineamientos contenidos en la Resolución 011004 de 2018, aplicable al reporte de información exógena por el año gravable 2019.

· Exponer las modificaciones contenidas en la Resolución 000008 de 2020, aplicables al reporte de la información exógena del año 2019.

· Identificar quiénes están obligados a presentar información exógena por el año gravable 2019.

· Contextualizar las principales novedades para tener en cuenta en el diligenciamiento de los formatos que se deben reportar para la información exógena 2019.

· Señalar, mediante el desarrollo de ejercicios prácticos, el tipo de información que se deberá presentar en algunos de los formatos que componen este reporte.

Temario:

1. Obligados a reportar información exógena por el año gravable 2019.

2. Resumen de los formatos que componen el reporte de información exógena del año gravable 2019.

3. Principales novedades respecto al reporte del año gravable 2018.

4. Principales conceptos que se deben tener en cuenta en el reporte del año gravable 2019.

5. Régimen sancionatorio.

6. Plazos para la presentación del reporte de información exógena 2019.

7. Ejercicios prácticos.

Metodología:

La conferencia se desarrolla de manera didáctica, a través de la realización de varios ejercicios prácticos relacionados con los formatos más importantes que componen el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019

Adicionalmente, se contextualizan de manera teórica los diferentes aspectos que se deben tener en cuenta sobre este tema. El desarrollo de los casos prácticos está acompañado de plantillas en Excel, que te ayudarán a comprender fácilmente el proceso que se debe llevar a cabo para el diligenciamiento de los formatos.