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Contabilización de facturas por servicios que incluyen la figura de AIU

Las entidades que contratan servicios en los que se incluye la figura de administración, imprevistos y utilidades –AIU– deben tener presente algunos aspectos para su contabilización, entre los que se encuentran las bases gravables especiales del IVA y de la retención en la fuente.

Fecha de publicación: 15 de abril de 2020
Contabilización de facturas por servicios que incluyen la figura de AIU
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las entidades que contratan servicios en los que se incluye la figura de administración, imprevistos y utilidades –AIU– deben tener presente algunos aspectos para su contabilización, entre los que se encuentran las bases gravables especiales del IVA y de la retención en la fuente.

En este análisis abordamos la contabilización de facturas de servicios que incluyen la figura de administración, imprevistos y utilidades –AIU, la cual es utilizada por entidades que se dedican a la construcción o que prestan servicios integrales de aseo y cafetería, entre otros.

La figura del AIU tiene, principalmente, un propósito tributario, debido a que permite que la entidad que presta el servicio o que ejecuta el contrato liquide el IVA sobre una base especial, la cual debe tener en cuenta la parte que contrata el servicio para una adecuada contabilización.

Adicionalmente, un correcto reconocimiento contable del AIU será fundamental para elaborar posteriormente el reporte de información exógena.

Contabilización de facturas con AIU

En cuanto a la contabilización de estas facturas, se requiere tener presentes las bases gravables y las tarifas que se imponen sobre este tipo de contratos para el impuesto sobre las ventas, el impuesto de industria y comercio, y las correspondientes retenciones en la fuente.

Servicios integrales de aseo y cafetería; vigilancia; temporales y los prestados por las cooperativas o precooperativas en cuanto a la mano de obra

Las entidades que presten este tipo de servicios deben tener en cuenta las siguientes tarifas y bases:

  • En cuanto al impuesto sobre las ventas:
    • Están gravados a la tarifa del 19 % sobre la parte correspondiente al AIU (que no podrá ser inferior al 10 % del valor del contrato), cuando cumplan las condiciones establecidas en el artículo 462-1 del Estatuto Tributario –ET–.
    • La tarifa es del 5 % sobre la parte correspondiente al AIU (que no tiene un tope mínimo), cuando corresponden a servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y temporales de empleo prestados por entidades que cumplan las condiciones del numeral 4 del artículo 468-3 del ET, modificado por el artículo 186 de la Ley 1819 de 2016.
  • En cuanto a la tarifa de retención en la fuente:
    • En los servicios prestados por empresas de servicios temporales es del 1 % sobre el valor del AIU, cuando sea superior a 4 UVT ($142.000 para el 2020).
    • En los servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo es del 2 % sobre el valor del AIU, cuando sea superior a 4 UVT ($142.000 para el 2020).

Nota: para efectos de calcular la retención en la fuente sobre el impuesto de industria y comercio también debe observarse la base gravable especial del AIU (ver el parágrafo del artículo 462-1 del ET).

Contratos de construcción de bienes inmuebles

Sobre los contratos de construcción se deben tener presente las siguientes consideraciones:

  • El IVA se genera sobre la parte correspondiente a los honorarios obtenidos por el constructor sobre la tarifa general del 19 %.

Cuando no se pacten honorarios, el impuesto se causa sobre la parte correspondiente a la utilidad (ver artículo 3 del Decreto 1372 de 1992, compilado en el artículo 1.3.1.7.9 del DUT 1625 de 2016).

  • La retención en la fuente debe efectuarse con una tarifa del 2 % sobre el 100 % del valor del contrato, sin incluir el IVA, cuando sea superior a 27 UVT (961.000 para el 2020) (ver inciso 2 del artículo 5 del Decreto 1512 de 1985, el cual quedó recopilado en el artículo 1.2.4.9.1 del DUT 1625 de octubre de 2016; es el ítem 78 en la tabla del artículo 868-1 del ET).

En el siguiente video, Diego Guevara, conferencista de Actualícese, explica cómo funciona la figura del AIU:

Casos prácticos

Nuestros casos prácticos son muy específicos con el fin de ayudar a resolver dudas, inquietudes o necesidades puntuales de los contadores, resueltos por nuestros expertos conferencistas.

En las siguientes líneas exponemos algunos ejemplos sobre la contabilización del AIU.

Ejemplo 1: servicio integral de cafetería y aseo

Una entidad tiene un contrato por la prestación de servicio integral de cafetería y aseo en sus instalaciones. El proveedor del servicio se encarga de hacerle llegar todos los meses a su domicilio una factura en la que detalla las siguientes condiciones del servicio:

  • Costo del servicio: $1.500.000.
  • Administración: 3 %.
  • Imprevistos: 2 %.
  • Utilidad: 5 %.

La entidad recibe cada mes una factura como la que se detalla a continuación:

Concepto Tarifas Valor
Costo

$1.500.000

Administración

3 %

$45.000

Imprevistos

2 %

$30.000

Utilidades

5 %

$75.000

Total AIU

$150.000

IVA

19 %

$28.500
($150.000 x 19 %)

Total de la factura

$1.678.500

Menos: retención en la fuente

2 %

$3.000
($150.000 x 2 %)

Neto a pagar

$1.675.500

La entidad procede cada mes a contabilizar la factura como se muestra a continuación:

Cuenta Débito Crédito
Gastos – servicios de aseo y cafetería

$1.650.000

IVA descontable

$28.500

Retención en la fuente – servicios 2 %

$3.000

Cuenta por pagar

$1.675.500

Ejemplo 2: contrato de construcción

Una entidad contrata la construcción de una nueva bodega para ampliar su operación, acordando con el contratista las siguientes condiciones:

  • El costo de la obra se estima en $300.000.000.
  • Las tarifas determinadas por el contratista para administración, imprevistos y utilidad son las siguientes:
    • Administración: 3 %
    • Imprevistos: 2 %.
    • Utilidad: 8 %.

La factura se detalla a continuación:

Concepto

Tarifas

Valor

Costo

 $300.000.000

Administración

3 %

 $9.000.000

Imprevistos

2 %

 $6.000.000

Utilidades

8 %

 $24.000.000

Subtotal

$339.000.000

IVA

19 %

 $4.560.000
($24.000.000 x 19 %)

Total de la factura

 $343.560.000

Menos: retención en la fuente

2 %

$6.780.000
($339.000.000 x 2 %)

Neto a pagar

 $336.780.000

Cuando la entidad recibe la factura por parte del contratista, debe proceder a contabilizar de la siguiente forma:

Cuenta Débito Crédito
Propiedad, planta y equipo en construcción – bodegas

$339.000.000

IVA descontable (*)

$4.560.000

Retención en la fuente – servicios 2 %

$6.780.000

Cuenta por pagar

$336.678.000

(*) La entidad puede decidir entre llevar el IVA como un mayor valor del activo para luego llevarlo como un gasto descontable vía depreciación en su declaración de renta, o si lo lleva directamente como IVA descontable en su declaración de IVA.

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