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Nuevos alivios tributarios y económicos para el sector cultura

Gobierno tomó nuevas medidas como la exclusión del IVA a servicios artísticos, disminución del 4 % en la tarifa de retefuente y ampliación de plazos para declaración y pago de contribución parafiscal.

Fecha de publicación: 9 de junio de 2020
Nuevos alivios tributarios y económicos para el sector cultura
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gobierno tomó nuevas medidas como la exclusión del IVA a servicios artísticos, disminución del 4 % en la tarifa de retefuente y ampliación de plazos para declaración y pago de contribución parafiscal.

El Decreto Ley 818 del 4 de junio de 2020 determina seis alivios tributarios y económicos para la mitigación del impacto de la pandemia en el sector cultura.

Dentro de las medidas decretadas está la disminución del 11 % al 4 % de la tarifa de retención en la fuente para actividades culturales y creativas, que aplica entre el 1 de julio de 2020 y el 31 de junio de 2021, lo cual representa un esfuerzo fiscal de 310 mil millones de pesos.

A este incentivo se suman 27 actividades de inclusión total de la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja del DANE, entre las que se cuentan edición de libros y publicaciones periódicas; distribución y exhibición películas cinematográficas y videos; programación y transmisión en el servicio de radiodifusión; programación y transmisión de televisión; creación cultural, literaria, musical y teatral; actividades de fotografía; actividades de espectáculos en vivo, y actividades de bibliotecas y archivos, entre otros.

No estarán sujetos a retención en la fuente sobre el pago o abono en cuenta los estímulos públicos culturales otorgados por el Ministerio de Cultura; entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura, y el Fondo de Desarrollo Cinematográfico.

También se excluye del pago de IVA los servicios artísticos para la realización de producciones audiovisuales de espectáculos públicos de las artes escénicas, entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Fuente: Presidencia de la República.