Procedimiento abreviado será hasta el 19 de junio. Dian podrá realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control virtuales.
Procedimiento abreviado será hasta el 19 de junio. Dian podrá realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control virtuales.
Gobierno Nacional estableció nuevas medidas respecto al procedimiento automático de devolución o compensación de saldos a favor del impuesto sobre la renta y complementarios y del IVA. De igual manera, determinó acciones de fiscalización a través de visitas virtuales. Así lo indica el Decreto 807 del 4 de junio de 2020.
Según el Decreto 807 del 4 de junio de 2020, hasta el 19 de junio de 2020, los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del IVA que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria, podrán adelantar el trámite de solicitud de devolución o compensación de sus saldos a favor por Renta y/o IVA, mediante el proceso automático.
Las solicitudes radicadas hasta el 18 de junio bajo el trámite establecido en el Decreto 535 del 10 de abril de 2020, de devoluciones abreviadas, se terminarán de tramitar bajo ese procedimiento.
Así mismo y dadas las nuevas circunstancias y la necesidad de adaptación a las nuevas realidades, el decreto también implementó la fiscalización por medio de visitas virtuales. La Dian podrá realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control virtuales en materia de fiscalización tributaria y de control cambiario.