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Concepto 485 del 29-07-2020

A través del Concepto 485 de julio 29 de 2020, la Dian aclaró varios aspectos relacionados con la implementación de la notificación electrónica en concordancia a lo contemplado en los artículos 563, 564, 565 y 566-1 del ET y la Resolución 000038 de abril 30 de 2020.

Los temas abordados en la doctrina fueron:

a. Los actos susceptibles de notificación electrónica: frente a este punto se indicó que se pueden notificar mediante dicho mecanismo todos los actos administrativos de los que trata el artículo 565 del ET, incluidos los proferidos en el proceso de cobro coactivo.
b. La prelación de la notificación electrónica: con relación a esto se estableció que si existen inconvenientes para el envío de la notificación electrónica, la notificación se debe surtir de conformidad con lo establecido en los artículos 565 y 568 del ET, es decir, se deben atender los mecanismos principales y subsidiarios allí previstos.

Concepto 485 del 29-07-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 485

Julio 29 de 2020

Dian precisa varios aspectos relacionados con la implementación de la notificación electrónica.

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