Cuando un trabajador debe laborar de 40 a 48 horas semanales se puede pactar una distribución de labores de lunes a viernes para que tenga descanso todo el fin de semana.
Compartimos este formato con el que se puede generar el acuerdo de dicha distribución conforme al artículo 164 del CST.
Cuando un trabajador debe laborar de 40 a 48 horas semanales se puede pactar una distribución de labores de lunes a viernes para que tenga descanso todo el fin de semana.
Compartimos este formato con el que se puede generar el acuerdo de dicha distribución conforme al artículo 164 del CST.