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«Tribunal Disciplinario no actúa como un policía, toda sanción pasa por un proceso disciplinario»

Para Leonardo Varón, consejero del CTCP, es necesaria una JCC activa para quienes no ejercen la profesión.

Se necesita un cambio en la profesión, mejorar la legislación y el Código de Ética.

Código de Ética debe basarse en principios y el Tribunal Disciplinario debe evaluar la actuación del profesional.

Fecha de publicación: 24 de junio de 2020
«Tribunal Disciplinario no actúa como un policía, toda sanción pasa por un proceso disciplinario»
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Para Leonardo Varón, consejero del CTCP, es necesaria una JCC activa para quienes no ejercen la profesión.

Se necesita un cambio en la profesión, mejorar la legislación y el Código de Ética.

Código de Ética debe basarse en principios y el Tribunal Disciplinario debe evaluar la actuación del profesional.

Leonardo Varón García, consejero del CTCP, en nuestro espacio #CharlasConActualícese, explica que el artículo 20 de la Ley 43 de 1990 le otorga 3 funciones a la Junta Central de Contadores –JCC–, que son el motor de la entidad.

  • Registro: cada vez que un contador se gradúa va a la JCC a tramitar su tarjeta profesional.
  • Inspección y vigilancia: revisar o vigilar los servicios que prestan los contadores públicos, para constatar que lo estén haciendo según las normas legales.
  • Autoridad disciplinaria: aquí aparece la figura del Tribunal Disciplinario, una colegiatura de 7 profesionales que se encargan de revisar los procesos y de dar un fallo.

Varón García, especialista en Contabilidad Financiera Internacional, Revisoría Fiscal y Auditoría Externa, magíster en Contabilidad y Auditoría de Gestión, explica que la Junta Central de Contadores es una unidad administrativa especial –UAE– con personería jurídica adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Dentro de la JCC está el Tribunal Disciplinario, el cual podrá solicitar documentos, practicar inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, aplicar sanciones personales o institucionales a quienes hayan violado las normas aplicables.

«El Tribunal Disciplinario de la JCC no actúa como un policía. Toda sanción pasa por un proceso disciplinario. La Junta Central hace un proceso y si un contador es hallado culpable entonces podrá verse expuesto a una sanción disciplinaria», dice Varón García.

La ética en la profesión contable

“se debe buscar la forma en la que el Código de Ética y la profesión contable se actualicen”

Desde su punto de vista, se debe buscar la forma en la que el Código de Ética y la profesión contable se actualicen.

«Nuestro Código de Ética debe estar basado en principios, porque realmente un Tribunal Disciplinario debe evaluar la actuación del profesional, la diligencia con la que actúa. No podemos confundir la ética con la ética profesional», afirma.

Varón García aclara que un profesional contable puede ser muy buen profesional, pero puede carecer de ética.

Recuerda que un contador público ejerce su trabajo cuando certifica estados financieros como elaborador de los mismos y cuando dictamina los estados financieros en su calidad de revisor fiscal o contador público independiente.

«En este segundo punto es donde más se debe aplicar la ética profesional, porque detrás de esta firma está un trabajo que se ha realizado», puntualiza.

Dentro de los principios éticos de la profesión están la integridad, objetividad, independencia, responsabilidad, confidencialidad, difusión y colaboración, entre otros.

«Si violamos algunos de estos principios podemos vernos expuestos a algún juicio disciplinario», advierte.

Conductas más sancionadas en 2019

Durante el año 2019 se abrieron 508 investigaciones, frente a 857 en 2018. Por quejas llegaron 277 en 2019, frente a 464 en 2018.

«En el año 2019 se terminaron 652 procesos, quedaron archivados 226, hubo 32 fallos sancionatorios, se terminaron 330 procesos, 178 cargos, 87 procesos nulos», indica Varón García.

Entre las conductas sancionadas el año anterior se destacan:

  • Incumplimiento de funciones como revisor fiscal al no pronunciarse de manera oportuna sobre las irregularidades en la sociedad.
  • No llevar la contabilidad con sujeción a las normas vigentes sobre la materia al presentarse inconsistencias.
  • Ejercer la revisoría fiscal en más de 5 sociedades por acciones.
  • Ejercer la profesión encontrándose suspendido.
  • Incumplimiento contractual.
  • Retención de documentos, entre otros.

Al 27 de abril de 2020, entre los contadores públicos inscritos y sociedades registradas, hay 1.508 contadores públicos autorizados para ejercer, 265.685 titulados y 3.549 sociedades de contadores públicos.

«Es necesaria una Junta Central de Contadores más activa para quienes no ejercen la profesión, pero se necesita un cambio en la profesión, mejorar la legislación y el Código de Ética», concluye Varón García.

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