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Depuración cedular en la declaración de renta de personas naturales, año gravable 2019

Las personas naturales que califican como residentes fiscales, en los términos de lo previsto en el artículo 10 del ET, deben presentar el impuesto sobre la renta a través del formulario 210, implementando el nuevo sistema de cedulación, el cual incluye la cédula general.

Fecha de publicación: 17 de julio de 2020
Depuración cedular en la declaración de renta de personas naturales, año gravable 2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las personas naturales que califican como residentes fiscales, en los términos de lo previsto en el artículo 10 del ET, deben presentar el impuesto sobre la renta a través del formulario 210, implementando el nuevo sistema de cedulación, el cual incluye la cédula general. 

El sistema cedular aplica para las personas naturales residentes en Colombia, y se depura bajo las reglas del artículo 26 del Estatuto Tributario. Para el año gravable 2019, la Ley 1943 de 2018 cambió el modelo cedular pasando de 5 a 3 cédulas, a saber: 

  • Cédula general, que agrupa rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales.  
  • Cédula de pensiones.  
  • Cédula de dividendos y participaciones.  

En esta Sesión de Actualización que hemos preparado para ti podrás conocer todos los pormenores de este importante tema. 

Objetivos 

  • Conocer las novedades en el formulario 210 para la presentación de la declaración de renta de personas naturales por el año gravable 2019. 
  • Identificar el sistema cedular aplicable para el año gravable 2019. 
  • Exponer las tarifas aplicables al impuesto de renta por el año gravable 2019. 

Temario

(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización) 

  1. Características del formulario 210: 00:00:12 – 00:06:19  
  2. Sistema de depuración cedular:  00:06:20 – 00:25:30  
  3. Tarifas aplicables al impuesto sobre la renta:  00:25:31 – 00:45:07 

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