Superfinanciera emitió nuevas instrucciones para las entidades financieras sobre el tratamiento de deudores en procesos, procedimientos y trámites de reorganización.
Superfinanciera emitió nuevas instrucciones para las entidades financieras sobre el tratamiento de deudores en procesos, procedimientos y trámites de reorganización.
Luego de un trabajo conjunto entre la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Sociedades, se expidió la Circular Externa 022 del 30 de junio de 2020 de la Superfinanciera, la cual establece mecanismos y alternativas que facilitan el flujo de nuevos créditos para deudores, incluidos aquellos que se encuentran en procedimientos de reorganización bajo la Ley 1116 de 2006 y los Decretos Ley 560 y 772 de 2020.
Bajo las nuevas directivas, las entidades financieras no marcarán automáticamente los créditos a cargo de esos deudores que se encuentren en procedimientos de insolvencia como incumplidos, sino que su calificación dependerá del análisis de riesgo.
Adicionalmente, para el otorgamiento de nuevos créditos a estos deudores, además de la capacidad de pago del deudor, se podrán considerar las garantías que se puedan otorgar a favor de la entidad financiera.
Fuente: Supersociedades.