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Vence primera cuota del predial para inmuebles no residenciales

Propietarios afectados por la pandemia debieron haberse inscrito previamente, a través de la oficina virtual, para acceder a este pago excepcional.

Fecha de publicación: 26 de agosto de 2020
Vence primera cuota del predial para inmuebles no residenciales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Propietarios afectados por la pandemia debieron haberse inscrito previamente, a través de la oficina virtual, para acceder a este pago excepcional.

Propietarios de inmuebles no residenciales (locales comerciales, bares, hoteles, colegios, restaurantes, universidades, entre otros) que se hayan inscrito previamente para acceder al pago del impuesto predial por cuotas, deberán realizar el primer desembolso este viernes 28 de agosto, cuando vence el primer plazo de este beneficio.

Esta opción fue expedida por la Secretaría de Hacienda y la Alcaldía de Bogotá como un alivio para los propietarios afectados por la pandemia con el Decreto 137 del 3 de junio de 2020, que estipula una medida de pago excepcional para el año gravable 2020 del impuesto predial unificado.

Para acceder a este mecanismo los interesados debieron inscribirse a través de la oficina virtual y presentar la declaración tributaria sin pago antes del 24 de julio de 2020.

  • Pago cuota 1: 28 de agosto de 2020.
  • Pago cuota 2: 30 de octubre de 2020.
  • Pago cuota 3: 18 de diciembre de 2020.
  • Pago cuota 4: 19 de febrero de 2021

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital.