La declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2019 debe ser elaborada a través del nuevo modelo de cedulación introducido por la Ley 1943 de 2018.
Entre el 11 de agosto y el 21 de octubre del año en curso las personas naturales deben cumplir con esta obligación.
La declaración de renta para personas naturales correspondiente al año gravable 2019 debe ser elaborada a través del nuevo modelo de cedulación introducido por la Ley 1943 de 2018.
Entre el 11 de agosto y el 21 de octubre del año en curso las personas naturales deben cumplir con esta obligación.
Los seis requisitos (basta con cumplir solo uno) que definirán si las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes pertenecientes al régimen ordinario deben declarar al Gobierno colombiano (sin importar si son colombianas o extranjeras, u obligadas o no a llevar contabilidad) son los siguientes:
En ese sentido, por medio del Decreto 2345 de 2019, el Ministerio de Hacienda definió el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias durante 2020.
En lo que respecta a la presentación de la declaración de renta por parte de las personas naturales, estas deberán hacerlo entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020, teniendo en cuenta la implementación de las tres cédulas dispuestas para la determinación de este impuesto, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Ley 1943 de 2018.
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