Corte Constitucional expide la Sentencia C-325 de 2020, en la cual declara la exequibilidad de las normas contenidas en el Decreto Legislativo 789 de 2020, el cual estableció la exclusión o exención del IVA entre junio de 2020 y hasta diciembre de 2020 o de 2021 para algunos bienes y servicios, expedido al amparo de la declaratoria de emergencia social y económica establecida con el Decreto 637 de 2020 para enfrentar la pandemia del COVID-19.
En dicha sentencia declaró exequible el artículo 4 del Decreto Legislativo 789 de 2020 bajo el entendido de que para los prestadores de los servicios de hotelería y turismo es optativo acogerse al beneficio de exclusión del IVA. Por tal motivo, se exhortó al Gobierno nacional para que en el término máximo de 30 días se expida la reglamentación que permita a los prestadores de los servicios de hotelería y turismo optar por acogerse a la medida de exclusión del IVA dispuesta en el artículo 4 del Decreto Legislativo 789 de 2020.
Corte Constitucional
Sentencia C-325
Agosto 19 de 2020
Corte Constitucional expide la Sentencia C-325 de 2020, en la cual declara la exequibilidad de las normas contenidas en el Decreto Legislativo 789 de 2020, el cual estableció la exclusión y exención del IVA entre junio de 2020 y hasta diciembre de 2020 o 2021 para ciertos bienes y servicios.