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Piso de Protección Social para quienes ganen menos de un mínimo fue reglamentado

Trabajadores acogidos a esta figura podrán acceder a los Beps. Hay vinculación obligatoria y voluntaria por parte de quienes ganen menos de un salario mínimo.

Fecha de publicación: 28 de agosto de 2020
Piso de Protección Social para quienes ganen menos de un mínimo fue reglamentado
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Trabajadores acogidos a esta figura podrán acceder a los Beps. Hay vinculación obligatoria y voluntaria por parte de quienes ganen menos de un salario mínimo.

El Decreto 1174 del 27 de agosto de 2020 reglamentó el Piso Mínimo de Protección Social, figura creada en el Plan Nacional de Desarrollo de este Gobierno y que le abre la puerta al sistema general de seguridad social para las personas que ganen menos de un salario mínimo, incluyendo el subsidio de transporte.

La norma indica que quedarán vinculadas a este sistema de manera obligatoria aquellas personas que tengan uno o varios vínculos laborales por tiempo parcial y que en virtud de ellos reciban un ingreso total mensual a un salario mínimo legal mensual vigente.

También las personas que tengan uno o varios contratos por prestación de servicios y que su contraprestación sea inferior al mínimo y quienes cuenten con uno o varios vínculos laborales y, simultáneamente, tengan uno o varios contratos por prestación de servicios y reciban un ingreso total mensual inferior al mínimo.

De manera voluntaria, también podrán hacer parte de esta protección las personas que no tengan una vinculación laboral o no hayan suscrito un contrato de prestación de servicios. En este caso, también se incluyen a los productores del sector agropecuario y que no tengan la capacidad de pago suficiente para cubrir el monto de la cotización al Sistema Integral de Seguridad Social. Nuevamente, el ingreso total también debe ser inferior a un mínimo.

Los trabajadores que queden acogidos a esta figura tendrán acceso a los Beneficios Económicos Periódicos Sociales -Beps-.

Para las personas vinculadas de forma obligatoria, el empleador o contratante deberá aportar 15 % del ingreso mensual obtenido en el período en el que se realiza dicho aporte. Para los voluntarios, ellos serán los responsables de aportar este 15 %.