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Implementación de la factura electrónica en las profesiones liberales

¿Un contador público que percibe ingresos que no superan las 3.500 UVT se encuentra obligado a facturar electrónicamente por el simple hecho de ejercer una profesión liberal?

Fecha de publicación: 2 de octubre de 2020
Implementación de la factura electrónica en las profesiones liberales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Un contador público que percibe ingresos que no superan las 3.500 UVT se encuentra obligado a facturar electrónicamente por el simple hecho de ejercer una profesión liberal?

Pregunta resuelta septiembre 17 de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, aclara dudas respecto a la implementación de la factura electrónica por aquellas personas naturales que desarrollan profesionales liberales, como los abogados o los administradores.

Es importante mencionar que la factura electrónica se puede expedir mediante las modalidades señaladas a continuación:

  1. Facturación gratuita a través de la Dian.
  2. Proveedor tecnológico.
  3. Software propio.

Para conocer más detalles sobre la facturación electrónica, como, por ejemplo, quiénes son los contribuyentes obligados a expedirla y cuáles son los plazos para hacerlo, se recomienda leer la Resolución 000042 de 2020.