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Pagos de seguridad social y aportes parafiscales para trabajadores de EST

¿Las personas vinculadas a través de empresas de servicios temporales tienen derecho al pago de la seguridad social y los aportes parafiscales?

Fecha de publicación: 16 de noviembre de 2020
Pagos de seguridad social y aportes parafiscales para trabajadores de EST
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Las personas vinculadas a través de empresas de servicios temporales tienen derecho al pago de la seguridad social y los aportes parafiscales?

Pregunta resuelta 09 de noviembre de 2020

En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, establece si las personas vinculadas a través de las empresas de servicios temporales –EST– tienen derecho al pago de seguridad social y de los aportes parafiscales. Recordemos que estos pagos se realizan a las siguientes entidades conforme a estos porcentajes:

  • Salud: 12,5 %.
  • Pensión: 16 %.
  • ARL: según el nivel de riesgo, el cual inicia en 0,522 %.
  • Caja de compensación: 4 %.
  • Sena: 2 %.
  • ICBF: 3 %.