Si una persona o entidad omite que debe declarar, la DIAN tiene 5 años para detectar que estuvo obligado y no lo hizo. Si en ese plazo se detecta la no presentación, la DIAN liquidará el impuesto y la sanción por no declarar correspondiente al mayor valor entre el 20% de las consignaciones bancarias del año no declarado, o el 20% de los ingresos brutos que figuren en la última declaración presentada.
Fuente: Sanciones por irregularidades en declaración de renta de personas naturales