El término de la licencia de maternidad de 18 semanas calendario y todas sus disposiciones se mantienen para la vigencia del año 2021.
La licencia de paternidad continúa siendo de 8 días hábiles.
El término de la licencia de maternidad de 18 semanas calendario y todas sus disposiciones se mantienen para la vigencia del año 2021.
La licencia de paternidad continúa siendo de 8 días hábiles.
La licencia de maternidad es el descanso remunerado que se concede a la trabajadora con posterioridad al parto. Durante este período no podrá ser despedida sin la previa autorización del Ministerio del Trabajo.
Esta licencia se empieza a causar aproximadamente dos (2) semanas antes de la fecha probable de parto y, de acuerdo con la Ley 1822 de 2017, en términos generales, tiene una duración de 18 semanas calendario.
No obstante, en los casos en los que un bebé nazca antes del término médicamente establecido como la fecha probable de parto, el tiempo de dicha licencia aumenta teniendo en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, período que será sumado a las 18 semanas que normalmente se causan con ocasión del parto. Estas cifras y disposiciones se mantienen para el año 2021.
En lo que concierne al término de la licencia de paternidad, esta se mantiene en 8 días hábiles por el 2021.