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Estas son las tarifas especiales para el registro mercantil en 2021

Siempre y cuando las micro, pequeñas y medianas empresas renueven su matrícula mercantil durante los primeros tres meses de este año, tendrán un descuento del 5 %.

Renovación de establecimientos, sucursales y agencias de las mipymes también gozarán de dicho descuento.

Fecha de publicación: 1 de enero de 2021
Estas son las tarifas especiales para el registro mercantil en 2021
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Siempre y cuando las micro, pequeñas y medianas empresas renueven su matrícula mercantil durante los primeros tres meses de este año, tendrán un descuento del 5 %.

Renovación de establecimientos, sucursales y agencias de las mipymes también gozarán de dicho descuento.

“La norma fija un descuento del 5 % en la renovación de la matrícula mercantil para todas las micro, pequeñas y medianas empresas del país”

A través del Decreto 1756 del 23 de diciembre de 2020, el Gobierno nacional reglamentó el artículo 129 de la Ley 2063 de 2020, en el cual se establecen beneficios en las tarifas de registro mercantil con el fin de promover el desarrollo del sector productivo nacional.

La norma fija un descuento del 5 % en la renovación de la matrícula mercantil para todas las micro, pequeñas y medianas empresas del país, siempre y cuando se realice el proceso en los tres primeros meses de 2021.

De igual manera, el decreto indica que la renovación de establecimientos, sucursales y agencias de las mipymes tendrá también un descuento del 5 % sobre el valor de la tarifa.

De acuerdo con el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, estos beneficios tienen como objetivo contribuir al proceso de reactivación de las micro, pequeñas y medianas empresas a partir del próximo año.

«Se trata de ahorros para las mipymes colombianas de más de $11.000 millones, con lo cual el Gobierno nacional impulsa la recuperación del tejido empresarial colombiano en el marco de la coyuntura», explicó.

Otros beneficios que establece el decreto

  • El decreto también establece descuentos del 7 % en las tarifas por cancelación y mutación de la matrícula mercantil.
  • De igual forma, este descuento tendrá lugar por la inscripción en el registro mercantil de actos y documentos.
  • Los certificados de matrícula mercantil, certificados de existencia y representación legal y certificados especiales expedidos por las cámaras de comercio tendrán un descuento del 5 %.

¿Y quienes no hayan podido renovar su matrícula mercantil?

Las personas naturales comerciantes mipymes que no hayan podido renovar la matrícula mercantil en 2020 tendrán derecho a cancelarla, sin sufragar el derecho de la renovación por las vigencias 2020 y 2021. Sin embargo, tendrán que realizarlo durante los tres primeros meses del año.

Por su parte, las sociedades mipymes que no hayan podido renovar la matrícula mercantil en 2020 tendrán derecho a inscribir el acto de disolución y liquidación, así como su posterior cancelación de la matrícula, sin sufragar los derechos de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, siempre y cuando lo efectúen dentro del primer trimestre.

Finalmente, las entidades sin ánimo de lucro –Esal– también contarán con descuentos en renovación, cancelación, mutaciones, inscripción de actos, libros y documentos y certificados en 2021.

Efectos de la alta carga regulatoria

Ser formal en Colombia es sinónimo de que hay un costo adicional sobre la utilidad bruta anual del 34,3 %, 35,3 % y el 46 % para las micro, pequeñas y medianas empresas, respectivamente.

«Estos costos no solo representan una carga elevada sobre sus ingresos brutos, además, les restan competencia frente a sus pares informales limitando su crecimiento, productividad y generación de empleos de calidad», indica el Conpes de política para la reactivación y el crecimiento sostenible e incluyente.

Según el Banco Mundial, el 55 % de las empresas en Colombia reportan que las prácticas de las firmas informales son una de las mayores limitaciones para su adecuado funcionamiento.

Esta alta carga regulatoria afecta la baja supervivencia empresarial (tiempo en el que la empresa tiene operaciones activas) en Colombia. De las 124 empresas matriculadas en las cámaras de comercio en 2014, en 2019 solo permanecían activas el 18 %.

Las principales razones de las empresas para justificar su salida son las siguientes:

  • Porque la empresa no era rentable (36,3 %).
  • Por motivos personales o familiares (23,4 %).
  • Por problemas de financiación (13,6 %).

En medio de la crisis generada por el COVID-19, según datos del Rues, aproximadamente 573.000 empresas no renovaron su matrícula mercantil al 1 de agosto de 2020.

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