Aunque las normas requieren que se considere el valor residual y la vida útil de acuerdo con la realidad financiera de cada activo, algunos elementos llegan a depreciarse totalmente mientras se están utilizando. A continuación, planteamos el tratamiento que se les debe dar en los estados financieros.
Aunque las normas requieren que se considere el valor residual y la vida útil de acuerdo con la realidad financiera de cada activo, algunos elementos llegan a depreciarse totalmente mientras se están utilizando.
A continuación, planteamos el tratamiento que se les debe dar en los estados financieros.
Los activos son recursos controlados por la compañía, producto de hechos pasados, de los cuales se espera obtener beneficios económicos futuros.
Los activos que se mantienen con propósito de ser utilizados en la producción, venta de bienes, prestación de servicios, o para ser arrendados a terceros, se clasifican como propiedades, planta y equipo.
Estos activos deben depreciarse utilizando la fórmula establecida en la NIC 16 y en la sección 17 del Estándar para Pymes (ambos contenidos en los anexos del Decreto 2420 de 2015), para lo cual es necesario estimar la vida útil y el valor residual.
Pese a lo anterior, en muchos casos las entidades tienen activos que ya están totalmente depreciados, pero se siguen utilizando y siguen siendo una fuente importante de ingresos para la entidad. La pregunta es, ¿se debe dar de baja a los activos totalmente depreciados?
La respuesta a este interrogante la encontramos en el párrafo 67 de la NIC 16 y en el párrafo 27 de la sección 17 del Estándar para Pymes. Estos párrafos establecen claramente que [pq]los elementos de propiedades, planta y equipo serán dados de baja cuando la entidad disponga de estos (venta o enajenación), o cuando ya no se espere obtener beneficios económicos derivados de los mismos[/pq].
De acuerdo con lo anterior, el hecho de que un activo esté totalmente depreciado no es una razón para darlo de baja de los estados financieros.
Si una entidad tiene elementos de propiedad, planta y equipo que aún están en servicio, estos elementos harán parte de las revelaciones requeridas por la NIC 16 y la sección 17 del Estándar para Pymes. Estas secciones requieren que se revele, entre otros asuntos, el valor bruto de los elementos de propiedad, planta y equipo, así como sus depreciaciones acumuladas.
El valor neto de los activos totalmente depreciados no afecta el importe reportado en el estado de situación financiera, pero sí debe incluirse en las revelaciones.
Las normas contables requieren que se revele el importe en libros bruto, la depreciación acumulada y el importe del deterioro de valor acumulado (párrafo 73.d de la NIC 16 y 17.31.d de la sección 17 del Estándar para Pymes).
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Otra situación que puede presentarse es que la entidad esté reportando en sus informes financieros algunos activos que en realidad ya no existen, situación que se da por ejemplo porque tales activos fueron hurtados, siniestrados, abandonados por obsoletos o no productivos, entre otras razones.
Para solucionar esta situación, [pq]la entidad debe verificar la existencia de todos sus activos a la fecha de cierre, con el fin de disponer la baja para aquellos que no estén en servicio. De esta forma se evita sobrevalorar la partida de propiedades, planta y equipo[/pq].
También se presenta con relativa frecuencia que la entidad lleva a cabo una verificación de sus activos existentes, y encuentra algunos activos en servicio que no están reportados en los informes financieros.
En este caso, si el activo es material, relevante, importante y significativo, la entidad debe indagar acerca del origen del mismo para determinar si se trata de un error en los estados financieros que debe corregirse. En algunos casos la situación es que alguno de los socios o funcionarios de la entidad ha dejado el activo para el servicio de la empresa. Si este es el caso, habrá que determinar si es necesario reconocer el activo y un ingreso, y pagar el respectivo impuesto a las ganancias.
Tenga en cuenta que si la entidad ha estado declarando pasivos inexistentes, o ha dejado de declarar activos que están en servicio, es posible que la autoridad tributaria determine que las declaraciones de impuestos contienen errores o inexactitudes que deben ser corregidas. Por lo tanto, en todo caso la entidad debe asegurarse de que el tratamiento fiscal que le está dando a sus activos es congruente con la legislación tributaria.
CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)
*Exclusivo para Actualícese