Dian expide el Concepto 0145 de 2021, mediante el cual se pronuncia respecto a la aplicación el régimen tributario especial Zese para las empresas comercializadoras y distribuidoras de energía eléctrica.
En dicho concepto se precisa que dentro de los requisitos para acceder a la aplicación del régimen Zese, de acuerdo con el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, se encuentra el deber de “desarrollar toda su actividad económica en la ZESE”. Lo anterior, sin perjuicio de que los productos que se preparen o provean puedan ser vendidos y despachados en la misma Zese o destinados a otros lugares del territorio nacional o al exterior. En este sentido, el artículo 1.2.1.23.2.1 del Decreto 1625 de 2016 establece que tanto la actividad principal como las secundarias deben ser desarrolladas por el contribuyente dentro del territorio Zese.
DIAN
Concepto 0145
Febrero 05 de 2021
Dian expide el Concepto 0145 de 2021, mediante el cual se pronuncia respecto a la aplicación el régimen tributario especial Zese para las empresas comercializadoras y distribuidoras de energía eléctrica.