A través del Concepto 0157 de marzo 15 de 2021, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– indica que se requiere el uso del modelo del valor razonable para los activos biológicos solo cuando este sea fácilmente determinable sin un costo o esfuerzo desproporcionado, lo que significa que una entidad que aplique el Estándar para Pymes puede medir sus activos biológicos al costo utilizando la exención de costo o esfuerzo desproporcionado descrita en los párrafos 2.14A al 2.14D de la norma.
De esta manera, si al realizar los juicios descritos en la norma se concluye que la entidad puede aplicar el modelo de valor razonable, todos los cambios que surjan de este deberán ser reconocidos en el estado de resultados y no serían objeto de amortización, pues esto solo aplica si la entidad emplea el modelo del costo.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 0157
Marzo 15 de 2021
Consejo Técnico de la Contaduría Pública se refiere a la amortización de activos intangibles.