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Programa de Acompañamiento a Deudores se amplió hasta el 31 de agosto

El programa establece las condiciones para brindar soluciones estructurales a los deudores, cuya situación económica y financiera se ha visto impactada como consecuencia del COVID-19.

Fecha de publicación: 2 de junio de 2021
Programa de Acompañamiento a Deudores se amplió hasta el 31 de agosto
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El programa establece las condiciones para brindar soluciones estructurales a los deudores, cuya situación económica y financiera se ha visto impactada como consecuencia del COVID-19.

El diario La República informó que la Superfinanciera anunció la extensión del Programa de Acompañamiento a Deudores -PAD- hasta el 31 de agosto de 2021, en los mismos términos establecidos en la Circular 022 de 2020.

La nueva extensión aplicará tanto para el proceso de otorgamiento de nuevos créditos, como para la redefinición de los créditos que trata la circular.

También se determina que las entidades vigiladas podrán establecer procedimientos que les permita obtener una percepción razonable y objetiva sobre la capacidad real o potencial de pago del deudor y que reconozcan variables adicionales sobre la reactivación del sector económico donde se desempeñan.

El objetivo de dicho programa es establecer las condiciones para brindar soluciones estructurales a los deudores, cuya situación económica y financiera se ha visto impactada como consecuencia del COVID-19.

De acuerdo con la Superfinanciera, a la fecha, 2,23 millones de deudores han redefinido las condiciones de sus créditos por un valor de $36,1 billones, y 90,3 % de esta cartera ha logrado mantenerse al día en el pago.

Esto, según la entidad, reafirma que el PAD es una herramienta que ha logrado mantener un balance entre la necesidad de brindar soluciones a los deudores, y la adecuada gestión y revelación del riesgo.

Adicionalmente, se anunció que desde el 1 de septiembre se iniciará el proceso de reconstitución del componente contracíclico de las provisiones individuales de las carteras de consumo y comercial, así como de la provisión general de las carteras de vivienda y microcrédito, por un periodo máximo de dos años.