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Las cooperativas no renuncian al régimen especial pero sí pueden ser expulsadas de dicho régimen

Las cooperativas pertenecen al régimen especial desde que inician sus actividades, por ello nunca solicitan calificación para dicho régimen.

Sin embargo, sí pueden ser expulsadas durante 3 años de este si se dan las situaciones de los artículos 364-3 del ET y 1.2.1.5.2.13 del DUT 1625 de 2016.

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Fecha de publicación: 17 de junio de 2021
Las cooperativas no renuncian al régimen especial pero sí pueden ser expulsadas de dicho régimen
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las cooperativas pertenecen al régimen especial desde que inician sus actividades, por ello nunca solicitan calificación para dicho régimen.

Sin embargo, sí pueden ser expulsadas durante 3 años de este si se dan las situaciones de los artículos 364-3 del ET y 1.2.1.5.2.13 del DUT 1625 de 2016.

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