El impuesto al patrimonio es un Impuesto directo, general y personal que grava la propiedad o posesión de bienes o riqueza, recayendo sobre su valor neto, con carácter periódico. Para los años 2020 y 2021, este impuesto fue establecido por la Ley 2010 de 2019.
El impuesto al patrimonio es un impuesto directo, general y personal que grava la propiedad o posesión de bienes o riqueza, recayendo sobre su valor neto, con carácter periódico. Para los años 2020 y 2021 este impuesto fue establecido por la Ley 2010 de 2019.
El impuesto al patrimonio que debe liquidarse en 2020 y 2021 fue establecido por los artículos 43 al 49 de la Ley 2010 de diciembre de 2019, que modificaron los artículos 292-2 hasta el 292-8 del Estatuto Tributario –ET– .
Es necesario tener en cuenta que los mismos contribuyentes que estuvieron obligados a liquidar el impuesto al patrimonio de 2020 también estarán obligados a liquidar el impuesto de 2021. Entre estos contribuyentes se encuentran, principalmente, personas naturales y sucesiones ilíquidas, residentes o no residentes, del régimen ordinario o del SIMPLE.
El calendario para la presentación de la declaración de este impuesto está determinado entre el 10 y el 24 de mayo de 2021, debiendo cancelar la primera cuota del impuesto en estas fechas. La segunda cuota deberá pagarse entre el 8 y el 21 de septiembre de 2021.
(En este punto encontrarás el tiempo exacto en el que se aborda cada tema en la Sesión de Actualización)