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Gobierno determina rebajas fiscales para empresas en insolvencia

Beneficios serán aplicados a las empresas afectadas por la pandemia, siempre que se encuentren inmersos en el marco de procesos de insolvencia de naturaleza concursal.

Gobierno determina rebajas fiscales para empresas en insolvencia
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios serán aplicados a las empresas afectadas por la pandemia, siempre que se encuentren inmersos en el marco de procesos de insolvencia de naturaleza concursal.

A través del Decreto 939 de 19 de agosto de 2021, el Gobierno nacional reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 560 de 2020, facultando a la Dian para efectuar rebajas de sanciones, intereses y capital, con el fin de preservar la empresa y el empleo.

La normativa permite a la entidad realizar rebajas de sanciones, intereses y capital, sobre aquellas obligaciones por concepto de impuestos administrados por la entidad, a cargo de empresas que se vieron afectadas por la pandemia, y que se encuentren inmersos en un proceso de naturaleza concursal, bajo el régimen de insolvencia.

Lisandro Junco, director de la Dian, indicó que “indudablemente esta medida es un apoyo a estas empresas que se vieron obligadas a reorganizarse en la coyuntura por la pandemia de Covid y que, estando en un proceso de reorganización, pueden reactivarse, recuperarse y conservarse como fuentes generadoras de empleo».

La herramienta ayudará a que la empresa respectiva siga funcionando y a preservar los empleos que esta genera. La norma donde se reglamenta el beneficio establece diferentes opciones de plazos y montos. De esta manera los interesados pueden acogerse a la alternativa más adecuada según su caso particular.

Para acceder a estas prerrogativas, el contribuyente o deudor, podrá presentar la solicitud de rebaja de intereses, sanciones y capital, según el caso, ante el nominador del proceso concursal, sea la Superintendencia de Sociedades, Juez Civil del Circuito o ante las Cámaras de Comercio, a fin de que la Dian tenga conocimiento y acceso a la información que en tal sentido presente el deudor.

Serán objeto de las rebajas previstas, las obligaciones que se encuentren reconocidas en el proceso de insolvencia, discriminando el concepto, año, periodo y los valores de capital, sanción e interés. Adicionalmente, deberá acompañar la solicitud de la relación de acreencias objeto de graduación y calificación de acreencias, junto con la memoria explicativa de las causas de insolvencia y proyecto de acuerdo para ponerse al día en el pago de las obligaciones.

Fuente: Supersociedades.